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El papel de los pósitos de labradores en una colonización agraria a través de sus reglamentos: las Nuevas Poblaciones de Sierra Morena y Andalucía en el siglo XVIIILa importancia de los pósitos como instituciones municipales encargadas de garantizar la provisión de trigo a las poblaciones y de servir como entes crediticios que aseguraran a los labradores el disponer de grano de buena calidad para sus siembras es sobradamente conocida. Tanto es así que llegaron a ser no pocas veces uno de los principales bienes de propios de los que dispusieron los concejos. En la Corona de Castilla, ya desde los inicios de la Edad Moderna, los monarcas aprobaron reglas y ordenanzas de ámbito general para estos organismos, como las de 1584; iniciativa con la que pretendía uniformizar en la medida de lo posible el heterogéneo panorama que se derivaba del hecho de que cada concejo dispusiese de sus propias normas. No obstante, en las Nuevas Poblaciones de Sierra Morena y Andalucía, surgidas ya en el último tercio del siglo XVIII, esas disposiciones estatales nunca se aplicaron, pues contaron con sus propias disposiciones específicas en virtud de su sistema privativo de gobierno. Esta Intendencia, nacida como una jurisdicción independiente gestionada por la vía del Ministerio de Hacienda, tuvo su razón de ser en una experiencia de colonización agraria interior; estableciéndose en ella un sistema de gobierno foral en el que normas y decisiones estuvieron, teóricamente, encaminadas a alcanzar una sociedad agraria modelo inspirada en las ideas de la Ilustración. El fin último era que los logros de esta experiencia pudieran ser exportados e imitados en otras regiones del Estado. No puede sorprender, por tanto, que los pósitos de labradores en estas nuevas colonias se concibieran como entes especializados en el crédito agrícola, resolviendo la cuestión del abasto de trigo mediante otros pósitos. A través del análisis de sus reglamentos y disposiciones específicas, elaboradas en 1774 y 1785, podremos profundizar en las prioridades y preocupaciones que las autoridades neopoblacionales mostraron en el funcionamiento de una institución básica para unas colonias agrícolas. En un mundo preindustrial como el que estudiamos, los cultivos de tierra calma constituían el pilar fundamental de las economías domésticas y de la propia administración, por lo que no solo se constata en ellas la preocupación subyacente por garantizar la viabilidad a largo plazo de esos pósitos sino que también se observa un interés especial en garantizar un buen uso de sus granos, alejando el peligro de las malversaciones y el de otros usos que pudieran afectar a su fin principal.
Agricultura; legislación; crédito agrícola; política agraria; Edad Moderna
Firmantes
Nombre | Adscripcion | Procedencia |
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ADOLFO HAMER FLORES | Universidad Loyola Andalucía | España |