S06-07

S06-07

ABUSOS EN LOS DERECHOS HUMANOS Y EL MEDIO AMBIENTE ASOCIADOS AL NEGOCIO DE LAS MINAS DE SANGRE

RESUMEN:

Desde las minas ilegales de oro en la Pampa peruana, pasando por la extracción irregular de diamantes en Sierra Leona, hasta la obtención por medios ilícitos del coltán en la República Democrática del Congo belga…

Todas estas prácticas que, en muchas ocasiones, se llevan a cabo incluso con la connivencia o participación de los gobiernos o autoridades públicas de los respectivos países, llevan asociadas indiscriminadas violaciones de los derechos humanos más básicos, corrupción, explotación infantil, así como múltiples impactos lesivos en el medio ambiente, al producirse su mayor parte al margen de la legalidad vigente.

Tras profundizar en la situación existente al respecto en diversos lugares del mundo, trataremos de determinar los principales abusos y connotaciones que se producen en estos contextos, así como el grado de participación del sector público o las multinacionales privadas que coadyuvan innegablemente en el lavado y comercialización de los conocidos como “minerales de sangre”.

Mencionaremos también las comunicaciones, informes y normativa europea en esta materia, en especial, el Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017[1] que pretende detener el comercio de los que denomina «minerales de zonas de conflicto», estableciendo a dichos efectos obligaciones específicas dirigidas a las empresas que comercian con este tipo de productos, como la necesidad de comprobar su procedencia, entre otras. Sin embargo, resulta sorprendente que la mencionada norma haya incluido en dicha categoría a recursos tales como el estaño, el tantalio, el wolframio o el oro, pero no a otros como los diamantes, el coltán, el cobre o el cobalto, cuando resulta innegable que estos materiales nutren a múltiples grupos guerrilleros y caciques territoriales africanos.

Terminaremos con las conclusiones alcanzadas en torno a este problema, que demostraran la necesidad de que, tanto los países afectados, como la comunidad internacional en su conjunto, adopten las medidas adecuadas para tratar de erradicar o, cuanto menos, minimizar las consecuencias lesivas que estas prácticas suponen en los derechos humanos y en el medio ambiente.

PALABRAS CLAVE: Violación en los derechos humanos; minería; extracción de minerales; recursos naturales; metales preciosos; impacto medioambiental.

[1] Reglamento (UE) 2017/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2017, por el que se establecen obligaciones en materia de diligencia debida en la cadena de suministro por lo que respecta a los importadores de la Unión de estaño, tantalio y wolframio, sus minerales y oro originarios de zonas de conflicto o de alto riesgo.

Firmantes

Nombre Adscripcion Procedencia
Silvia Vilar González

ORGANIZA

COLABORA